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El terreno, la bodega y la maquinaria se clasifica El terreno, la bodega y la maquinaria se clasificarían como propiedades, planta y equipo según la **Sección 17** [Sección 17, parte 002]. El pago por la adquisición de la maquinaria se registraría como un flujo de efectivo de inversión [Sección 7, parte 009].
Una entidad reconocerá el costo de un elemento de propiedades, planta y equipo como un activo si, y solo si, es probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo y el costo del elemento puede medirse con fiabilidad [Sección 17, parte 004].
La depreciación anual se calcularía según el modelo de depreciación utilizado por la entidad, que puede ser el modelo del costo o el modelo de revaluación [Sección 17, parte 026]. Sin embargo, el contexto no proporciona información sobre el reconocimiento inicial, el modelo del costo ni la depreciación.
[DISCLAIMER] Consulte con su contador público.... |