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Según la sección 23 de la NIIF para PYMES, los int Según la sección 23 de la NIIF para PYMES, los intereses relacionados con la adquisición de un activo cualificado, como una bodega, pueden ser capitalizados durante el período de construcción o adquisición [Sección 23, parte 23.4]. Sin embargo, si la bodega ya está en uso y no se está realizando ninguna construcción o mejora significativa, los intereses deberían reconocerse como gastos en el período en que se incurren [Sección 23, parte 23.5]. Para determinar si los intereses pueden ser capitalizados, debes considerar si el préstamo se utilizó específicamente para financiar la adquisición de la bodega y si el período de financiación es significativo.
[DISCLAIMER] Esta es información general. No constituye asesoría contable profesional. Consulte con su contador público.... |